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ACTUALIDAD

Publicado 2 junio, 2021

Esto es lo que debe saber sobre el aislamiento selectivo que va hasta septiembre en Colombia

Las medidas de aislamiento obligatorias si aplicarán para ciudades y municipios con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) mayor al 85%.

Foto: Colprensa.

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 580 del 31 de mayo del 2021, en el cual anunció que el aislamiento selectivo en Colombia se extenderá hasta el 1 de septiembre. Asimismo y desde este 1 de junio, los municipios con ocupación de UCI menor al 85 % tendrán apertura de actividades económicas y sociales.

«El presente Decreto tiene por objeto regular la fase de Aislamiento Selectivo, Distanciamiento Individual Responsable y Reactivación Económica Segura. Todas las personas que permanezcan en el territorio nacional deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad para la disminución de la propagación de la pandemia y la disminución del contagio«, informó el ministro del Interior, Daniel Palacios Martínez.

De la misma manera, el funcionario expresó que solamente los sitios con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo UCI superior al 85%, podrán restringir actividades, áreas, y zonas para el control y manejo de la pandemia. Lo anterior se deberá realizar con previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, y con la debida autorización del Ministerio del Interior.

En caso de que algún municipio o ciudad tenga la responsabilidad de decretar medidas restrictivas, podrá anunciar medidas como el toque de queda, la ley seca, el pico y cédula, la cuarentena general, entre otras. Si los gobernadores y alcaldes omiten el cumplimiento de lo expresado en el decreto, pueden ser sujetos de sanciones.

Cabe resaltar que los hoteles, establecimientos de la industria gastronómica, y parques, estos no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula. Sobre la reapertura de los bares y discotecas, el Gobierno aclaró que ningún municipio de Colombia con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo UCI superior al 85%, podrá habilitar los espacios o actividades presenciales de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, discotecas y lugares de baile.

Gran afectación a sufrido el comercio por el aislamiento obligatorio necesario para frenar la propagación del COVID-19 en el país.

«Cuando un municipio presente una variación negativa en el comportamiento de la pandemia, el Ministerio de Salud y Protección Social enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el COVID-19 y las actividades que estarán permitidas, con lo cual, se ordenará por intermedio del Ministerio del Interior el cierre de las actividades respectivas a la entidad territorial«, explicó el Gobierno.

Finalmente, el Gobierno aseveró que las autoridades del país deben dar estricto cumplimiento al Plan Nacional de Vacunación liderado por el Ministerio de Salud. Sin embargo, este solo podrá ser modificado por el Gobierno nacional. Asimismo, las empresas que así lo requieran, podrán optar por alternativas como el teletrabajo, trabajo remoto y trabajo en casa, mientras que quienes ya estén vacunados podrán establecer el trabajo por medio de la presencialidad.

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